GUÍA NORMATIVA CON FUENTES
Reglamento ONU n.º 34 — Depósitos de combustible líquido y riesgo de incendio
Examine los ámbitos del depósito, el vehículo y la instalación.
Consultar el alcance¿Qué regula?
El Reglamento ONU n.º 34 aborda depósitos de combustible líquido y homologación del vehículo en materia de prevención de incendios. La parte I trata el vehículo respecto al depósito y determinadas condiciones de montaje; la parte III, la homologación del depósito como unidad técnica independiente. El producto y la disposición del sistema de combustible del vehículo requieren evaluaciones distintas.
¿A quién va dirigida?
Fabricantes de depósitos y equipos de sistemas de combustible y seguridad del vehículo.
¿Qué cuestiones trata el texto?
- Depósitos de combustible líquido
- Homologación del vehículo
- Instalación del depósito
- Homologación como unidad técnica independiente
Pregunta frecuente
¿Puede homologarse el depósito como unidad técnica independiente?
Sí. La parte III regula esa homologación. Las condiciones del vehículo y la instalación también deben examinarse en la parte I.
Fuentes y referencias
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