GUÍA NORMATIVA CON FUENTES

Reglamento ONU n.º 34 — Depósitos de combustible líquido y riesgo de incendio

Examine los ámbitos del depósito, el vehículo y la instalación.

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¿Qué regula?

El Reglamento ONU n.º 34 aborda depósitos de combustible líquido y homologación del vehículo en materia de prevención de incendios. La parte I trata el vehículo respecto al depósito y determinadas condiciones de montaje; la parte III, la homologación del depósito como unidad técnica independiente. El producto y la disposición del sistema de combustible del vehículo requieren evaluaciones distintas.

¿A quién va dirigida?

Fabricantes de depósitos y equipos de sistemas de combustible y seguridad del vehículo.

¿Qué cuestiones trata el texto?

  • Depósitos de combustible líquido
  • Homologación del vehículo
  • Instalación del depósito
  • Homologación como unidad técnica independiente

Pregunta frecuente

¿Puede homologarse el depósito como unidad técnica independiente?

Sí. La parte III regula esa homologación. Las condiciones del vehículo y la instalación también deben examinarse en la parte I.

Fuentes y referencias

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