GUÍA NORMATIVA CON FUENTES
Reglamento (UE) 2024/2220 — Registradores de datos de incidencias para vehículos pesados
Examine los requisitos de los registradores para vehículos M2, M3, N2 y N3.
Consultar el alcance¿Qué regula?
El Reglamento (UE) 2024/2220 aborda los requisitos de los registradores de datos de incidencias para vehículos de las categorías M2, M3, N2 y N3. Sus disposiciones técnicas se aplican junto con el Reglamento ONU R169. También explica la homologación como unidad técnica independiente y la evaluación del vehículo equipado con una unidad homologada.
¿A quién va dirigida?
Dirigido a fabricantes de autobuses, vehículos pesados de mercancías y registradores de datos.
¿Qué cuestiones trata el texto?
- Categorías de vehículos pesados
- Registrador de datos de incidencias
- Relación con el Reglamento ONU R169
- Unidad técnica independiente
Pregunta frecuente
¿Tiene el mismo alcance que el Reglamento (UE) 2022/545 para vehículos ligeros?
No. Esta norma abarca M2, M3, N2 y N3. La página independiente del Reglamento (UE) 2022/545 trata de M1 y N1.
Fuentes y referencias
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