GUÍA NORMATIVA CON FUENTES
Reglamento ONU n.º 169 — Registro de eventos en vehículos pesados
Consulte los requisitos EDR para vehículos pesados y sus condiciones de registro.
Consultar el alcance¿Qué regula?
El Reglamento ONU n.º 169 trata la homologación de vehículos M2, M3, N2 y N3 respecto a registradores de datos de eventos. Su anexo relaciona los datos obligatorios o exigidos bajo condiciones concretas con intervalos de registro y frecuencias de muestreo. Las normas de privacidad y datos personales siguen aplicándose por separado.
¿A quién va dirigida?
Equipos de electrónica de vehículos pesados, datos de eventos y homologación.
¿Qué cuestiones trata el texto?
- EDR en vehículos pesados
- Datos registrados
- Intervalos y muestreo
- Límite de protección de datos
Pregunta frecuente
¿A qué vehículos se dirige R169?
A los M2, M3, N2 y N3. Es una norma distinta de la que trata el registro de eventos en M1 y N1.
Fuentes y referencias
Conocer las funciones de RegsUP →
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