GUÍA NORMATIVA CON FUENTES

Reglamento ONU n.º 169 — Registro de eventos en vehículos pesados

Consulte los requisitos EDR para vehículos pesados y sus condiciones de registro.

Consultar el alcance

¿Qué regula?

El Reglamento ONU n.º 169 trata la homologación de vehículos M2, M3, N2 y N3 respecto a registradores de datos de eventos. Su anexo relaciona los datos obligatorios o exigidos bajo condiciones concretas con intervalos de registro y frecuencias de muestreo. Las normas de privacidad y datos personales siguen aplicándose por separado.

¿A quién va dirigida?

Equipos de electrónica de vehículos pesados, datos de eventos y homologación.

¿Qué cuestiones trata el texto?

  • EDR en vehículos pesados
  • Datos registrados
  • Intervalos y muestreo
  • Límite de protección de datos

Pregunta frecuente

¿A qué vehículos se dirige R169?

A los M2, M3, N2 y N3. Es una norma distinta de la que trata el registro de eventos en M1 y N1.

Fuentes y referencias

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