GUÍA NORMATIVA CON FUENTES

Reglamento ONU n.º 107 — Construcción general de autobuses y vehículos de viajeros

Consulte los requisitos de construcción de vehículos M2 y M3 según su configuración.

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¿Qué regula?

El Reglamento ONU n.º 107 aborda la homologación de la construcción general de vehículos M2 y M3 rígidos o articulados, de uno o dos pisos. Excluye ciertos vehículos de uso especial; para otros, algunas disposiciones se aplican solo en la medida compatible con su finalidad y función. Es necesario determinar la clase y el uso del vehículo antes de aplicar los apartados técnicos.

¿A quién va dirigida?

Fabricantes de autobuses, diseñadores de carrocerías e interiores y equipos de homologación de vehículos de viajeros.

¿Qué cuestiones trata el texto?

  • Construcción general de vehículos M2 y M3
  • Vehículos de uno o dos pisos y articulados
  • Exclusiones para usos especiales
  • Homologación de tipo del vehículo o carrocería

Pregunta frecuente

¿Se aplica el mismo ámbito a todos los vehículos M2 y M3?

No. El ámbito contiene excepciones y límites según el uso previsto. Esta versión excluye las ambulancias y los vehículos diseñados especialmente para transportar escolares. Para otros usos especiales, las disposiciones se aplican solo cuando son compatibles con la finalidad y función del vehículo.

Fuentes y referencias

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