GUÍA PARA TRABAJAR CON LA NORMATIVA
Una misma modificación no implica el mismo trámite en todos los mercados.
Antes de planificar una modificación, identifique la normativa del país y el tipo de intervención. La situación de matriculación del vehículo y el carácter seriado o individual de la modificación pueden determinar qué disposiciones se deben examinar.
Distinciones previstas por las normas AİTM de Turquía
AİTM distingue la homologación de tipo de modificaciones en serie de la aprobación de modificaciones individuales. También trata la homologación individual de vehículos completos o fabricados en varias fases y determinadas instalaciones de equipos adicionales. Determine qué apartado corresponde a su proyecto antes de empezar.
Consultar el alcance de AİTM →
La fase de matriculación en España
El Real Decreto 866/2010 regula las reformas realizadas después de la matriculación definitiva. Trata por separado las modificaciones anteriores, que pueden incorporarse a la homologación de tipo o seguir una vía de homologación individual.
Consultar el alcance del Real Decreto 866/2010 →
Datos que conviene reunir en el expediente
- País donde se realizará la intervención y categoría del vehículo.
- Situación actual de matriculación y homologación del vehículo.
- Sistemas y piezas que se modificarán o añadirán.
- Norma y versión del documento examinadas.
Esta lista no implica que los procedimientos de ambos países sean equivalentes. Cada intervención debe evaluarse según su propio alcance y disposiciones.
Continúe examinando el documento
Lea el alcance en la página de la norma correspondiente. Si hay vista previa, examine las páginas seleccionadas de la edición de RegsUP.